La división de registro civil, es un órgano con nivel de responsabilidad directa, perteneciente al tercer nivel organizacional, que depende de la subgerencia de desarrollo social, es responsable de administrar el registro civil del distrito y conducir las actividades relacionadas con la prestación de sus servicios a la comunidad, además de llevar y reportar las estadísticas correspondientes de acuerdo con la legislación vigente y con la norma del RENIEC.

Funciones y Atribuciones
  1. Regular las normas, respecto a los Registros civiles, en merito a convenio suscrito con el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) conforme a ley.
  2. Registrar matrimonios civiles, individuales o masivos, de acuerdo a ley; así como efectuar los registros de las defunciones acaecidas en la población, expidiendo copia certificada de las partidas correspondientes.
  3. Registrar las resoluciones de divorcio o nulidad de los matrimonios enviados por el poder judicial.
  4. Registrar las resoluciones de reconocimiento, rectificaciones, adopciones, adiciones de nombre que se realicen por mandato judicial o notarial.
  5. Verificación de los documentos que da origen para el registro de nacimientos, matrimonios y defunciones.
  6. Enviar información estadística a RENIEC a través de las fuentes oficiales existentes.
  7. Ejecutar el procedimiento no contencioso de separación convencional y divorcio ulterior, cuando se asuman las competencias.
  8. Elaborar las estadísticas mensuales de los hechos vitales y remitirlos al registro nacional de identificación y estado civil (RENIEC) y otras instancias que, de acuerdo a ley, lo soliciten.